Evangelina Hirata Nagasako Directora general del Organismo Nacional de Normalización y Certificación de la Construcción y la Edificación.
La Norma Técnica Complementaria para el Proyecto Arquitectónico es una de las diferentes normas que regulan la construcción en la Ciudad de México. El 12 de diciembre de 2024 se actualizó, después de 13 años de su última revisión integral. En este artículo se exponen los principales cambios.
Los reglamentos de construcción establecen los criterios mínimos de seguridad y calidad de la edificación. Estos deben actualizarse conforme a las tendencias globales y el desarrollo científico y tecnológico en el sector, así como de acuerdo con las prácticas locales, basadas en las necesidades y usos de los espacios habitables. También deben alinearse con las políticas y la visión del gobierno sobre el desarrollo sustentable y la resiliencia frente a los efectos de la naturaleza.
En la Ciudad de México se cuenta con el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, que refiere al cumplimiento de normas técnicas complementarias (NTC), las cuales han sido revisadas y actualizadas en diferentes momentos como resultado de la innovación y el desarrollo tecnológico, las tendencias en el desarrollo sustentable y en el mercado de la edificación, así como de la necesidad de mitigar los efectos derivados de los fenómenos naturales.
El ejercicio de actualización no es sencillo, ya que se requiere hacer una revisión armonizada e integral transversalmente, no solo entre las NTC, sino también con las diferentes disposiciones normativas locales relacionadas con la construcción. Este trabajo requiere un análisis jurídico que asegure la armonización y transversalidad con los diferentes instrumentos regulatorios.
Proceso de actualización de la Norma de Proyecto Arquitectónico
Las Reglas de Operación y Funcionamiento de la Comisión para el Estudio y Propuestas de Reformas al Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, publicadas el 11 de agosto de 2021, establecen que se integrará un Subcomité Revisor por cada una de sus NTC, el cual contribuirá a la revisión y actualización de dichas normas considerando la opinión de las autoridades correspondientes y pasando por un procedimiento que incluye la consulta pública y la consideración de observaciones y propuestas a través de un formato único que llegaría al grupo revisor de manera electrónica.
Respecto a la NTC-Proyecto Arquitectónico, aunque ha experimentado algunas modificaciones, no se había llevado a cabo una revisión integral desde su versión de febrero de 2011. En 2017 se hicieron ajustes relacionados con los estacionamientos, y en noviembre de 2020 se iniciaron los trabajos de revisión y actualización, para finalmente ser publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 12 de diciembre de 2024 (figura 1).
El principal objetivo de la actualización ha sido cuidar la calidad y seguridad de las edificaciones, y sobre todo la vida y la salud de los habitantes de la Ciudad de México.
Todos los capítulos y el contenido actual de la NTC-Proyecto Arquitectónico se revisaron; se mejoraron algunos criterios técnicos para su mayor claridad y se incorporaron nuevos temas derivados del desarrollo tecnológico tanto en materiales como en las prácticas actuales en el manejo del espacio interior. También se reforzaron los aspectos que mejoran la construcción sustentable y el ambiente interior, y se actualizaron las referencias a las normas mexicanas (estándares).
Se buscó la transversalidad con otras NTC y leyes y reglamentos relacionados (tabla 1), y se conservaron los títulos de los capítulos de la NTC-Proyecto Arquitectónico todavía vigente a esa fecha.

Cambios significativos de la NTC-Proyecto Arquitectónico
La Norma Técnica Complementaria para el Proyecto Arquitectónico está referida principalmente en el título quinto del Reglamento de Construcciones del Distrito Federal (RCDF), y en su actualización se incorporan capítulos nuevos, como se muestra en la tabla 2. Todos los demás temas fueron actualizados y mejorados incorporando nuevos criterios técnicos y referencias a estándares. Se agrega el capítulo 7, Operación y mantenimiento, para generar y entregar al dueño un manual que documente las actividades y responsabilidades en la operación y mantenimiento de la edificación.

Sección primera
En la sección primera se agregan los capítulos 3 y 4:
Capítulo 3. Clasificación de las edificaciones por uso. Se establecen los criterios para clasificar las edificaciones en un grupo, en función de su uso, lo cual influye en la aplicación de los requisitos, por ejemplo, la inclusión de determinados dispositivos de combate de incendios.
Este capítulo está armonizado con la NOM-002-SEDATU-2022 sobre clasificación, terminología y aplicación del equipamiento en los instrumentos que conforman el Sistema General de Planeación Territorial, así como con el Proyecto de Norma Mexicana PROY-NMX-C-584-ONNCCE-2021 sobre clasificación de la edificación por uso.
Capítulo 4. Cálculo de ocupación. Se describen los criterios para calcular la ocupación (número de ocupantes) por metro cuadrado; esto influye en la aplicación de los requisitos establecidos para los diferentes conceptos, por ejemplo, en el dimensionamiento de la ruta de evacuación.
Sección segunda
En la sección segunda, se agregan tres nuevos temas al capítulo 1. Consideraciones del proyecto:
Regularidad. Se debe incorporar en el proyecto arquitectónico un sistema estructural que considere las condiciones de regularidad y sus implicaciones en el diseño tomando en cuenta las NTC-Sismo, NTC-Viento y NTC-Cimentaciones.
Bahías para el ascenso y descenso de personas. Se deben incluir bahías al interior del predio en determinados tipos de proyectos, como escuelas, para evitar el bloqueo de la circulación vehicular y peatonal.
Locales comerciales de autoservicio (drive-through). Requisitos geométricos para edificaciones con locales comerciales de autoservicio para atención al público.
En el tema Helipuertos, se establece que deberá cumplirse con los requisitos sobre características físicas, de entorno de obstáculos, de ayudas visuales y de respuesta de emergencias establecidos en los “Requisitos para regular la construcción, modificación y operación de los helipuertos”, de la Dirección General de Aeronáutica Civil de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes.
Estacionamientos. Se modifican las dimensiones de los cajones para automóviles, incluyendo aquellos para personas con discapacidad. A su vez, se agregan las dimensiones para cajones de motocicletas, autobuses y camiones, así como para sus pasillos de circulación.
Aquí se agregan los siguientes temas:
- Requisitos dimensionales y de seguridad para cajones con estación de recarga: se requiere una dotación mínima en proyectos con más de 20,000 m2 de superficie construida.
- Requisitos de ubicación, señalización y separación para los cajones para automóviles y motocicletas destinados a la colecta de alimentos y productos, por parte de servicios especializados o consumidores finales.
- Requisitos para dimensionar las filas de espera de vehículos en los accesos, en función del uso y número de cajones de estacionamiento; se requiere que estos carriles estén al interior del predio.
- Requisitos para la ventilación natural y/o artificial para evitar la concentración de CO2.
Capítulo 2. Habitabilidad, accesibilidad y funcionamiento
El tema de la habitabilidad se modifica: se establece que debe haber dimensiones mínimas en la vivienda que garanticen la habitabilidad y funcionalidad. En otros usos solo se establecen dimensiones mínimas en casos muy específicos, quedando el resto sujeto a la cantidad de personas y al modo en que ocupan el espacio.
En lo relacionado con circulaciones, se establecen requisitos generales de habitabilidad y funcionalidad para las circulaciones, independientemente de si forman parte de una ruta accesible o de una ruta de evacuación, debiendo cumplir requisitos adicionales cuando forma parte de estas últimas.
Se modifica el tema de accesibilidad para enlistar los elementos obligatorios y condicionales de accesibilidad (rutas accesibles, servicios, accesorios, mobiliario y señalización) por tipo de edificio:
- No habitacional
- Habitacional plurifamiliar y compartido
- Vivienda adaptada para personas usuarias de silla de ruedas
- Salud
- Educación
- Hospedaje
A su vez, se establecen los requisitos para los elementos de accesibilidad; aquí también se consideran los que se incluyen de manera voluntaria. Gran parte de estos requisitos se basan en el Manual de Normas Técnicas de Accesibilidad.
En el apartado de Funcionamiento se agrupan requisitos para el desempeño de algunos elementos o espacios particulares, y se agregan algunos nuevos para abarcar los siguientes:
Azoteas. Requisitos de seguridad para azoteas donde se llevan a cabo actividades.
Sistemas de naturación. Requisitos para azoteas y muros verdes, con el fin de garantizar un correcto mantenimiento de la vegetación y evitar daños al edificio.
Áreas de espectadores. Requisitos de visibilidad y seguridad en condiciones normales de operación y en emergencia.
Capítulo 3. Higiene, servicios y acondicionamiento ambiental
Servicios sanitarios. Se modifica para considerar los diferentes géneros para la dotación y distribución de muebles sanitarios. Adicionalmente se requiere la dotación de cambiadores para adultos y lactarios en ciertos tipos de edificios, y se establecen sus características.
Residuos sólidos. Se modifica para requerir espacios e instalaciones que permitan:
Llevar a cabo al menos la separación primaria en edificios habitacionales y la separación primaria avanzada o secundaria en edificios no habitacionales, conforme a la Norma Ambiental NADF-024-AMBT-2013.
Cumplir con la NADF-019-AMBT-2018 en caso de generar residuos eléctricos y electrónicos por sus actividades industriales, comerciales y de servicio.
Cumplir con la NADF-020-AMBT-2018 en caso de generar composta que no sea para autoconsumo o en grandes cantidades.
Cumplir con la NADF-012-AMBT-2015 en caso de producir grasas y aceites.
Construcción y demolición. Se establece que el manejo de residuos durante las obras construcción o demolición tendrá que cumplir la lNACDMX-007-RNAT-2019.
Ambiente térmico. Se modifica este tema para:
Limitar la ganancia de calor a través de la envolvente, lo cual requiere el cumplimiento de las NOM-008-ENER-2001 y 020-ENER-2011.
Evaluar las condiciones de confort térmico de los sistemas de ventilación mecánica y acondicionamiento de aire basándose en los índices de voto medio estimado y porcentaje estimado de insatisfechos, determinados conforme a la NMX-C-7730-ONNCCE.
Calidad del aire interior y ventilación. En este tema se incorporan la ventilación en edificios en los que se emiten sustancias contaminantes, y filtración y materiales.
Además, se modifica para:
Considerar la profundidad de los espacios en la ventilación natural de los edificios no residenciales.
Determinar las tasas de ventilación artificial en función del número de ocupantes, áreas de los espacios a ventilar, eficiencia de los sistemas y, en su caso, la emisión de sustancias contaminantes al interior de los espacios.
Filtrar el aire que ingresa a los sistemas de ventilación artificial.
Prohibir el contenido de plomo y limitar el contenido de compuestos orgánicos volátiles en los materiales de construcción.
Capítulo 4. Comunicación, evacuación y prevención de emergencias
Se modifica este tema para:
Establecer el número de niveles, la altura total y el área por nivel que pueden tener los edificios en función del tiempo que los elementos estructurales pueden mantener su capacidad de carga durante un incendio.
Establecer el tiempo en que los muros de fachada colindantes deben evitar el paso del fuego en función de la distancia de las colindancias.
Establecer el tiempo en que algunos elementos divisorios deben evitar el paso del fuego y la temperatura.
Establecer el tiempo en que las puertas, cortinas y sistemas de sellado deben evitar el paso del fuego y la temperatura cuando se colocan en elementos que lo requieren.
Agregar requisitos para sistemas de losa y de fachada que por sus materiales requieren medidas especiales.
Establecer diferentes métodos para demostrar el cumplimiento (ensayos, prescriptivos y aquellos incluidos en las NTC para los diferentes tipos de estructura).
Capítulo 5. Integración al contexto e imagen urbana
Se continúa refiriendo a la normativa aplicable en materia de integración al contexto e imagen urbana, pero se agregan requisitos para los proyectos de conjunto urbano en lo relacionado con banquetas, cruces peatonales, accesos vehiculares y señalización, a fin de contar con rutas accesibles y proteger al peatón. También se establece el requerimiento de contar con instalaciones subterráneas en este tipo de proyectos.
Igualmente se agregan requisitos para los materiales y acabados en fachadas para evitar reflejos y aumento de temperatura incómodos.
Capítulo 6. Instalaciones
Instalaciones hidrosanitarias. En este capítulo se ampliaron temas que se encontraban en la NTC- Instalaciones Hidráulicas, de manera enunciativa. En la versión actualizada de la NTC-Proyecto Arquitectónico, se desarrollaron los temas sobre el uso eficiente del agua, los sistemas de reúso de agua pluvial y de agua residual tratada, sistemas de infiltración al subsuelo y sistemas de calentamiento solar de agua (figura 2; tabla 3).


Instalaciones eléctricas. Se modifica este tema para:
- Establecer los requisitos para los sistemas fotovoltaicos.
- Establecer los requisitos para los sistemas de calentamiento solar de agua, tanto los requeridos de forma obligatoria por la NADF-008-AMBT-2017 como los instalados de forma voluntaria.
- Respecto al tema de eficiencia energética, se incorporaron los conceptos que ya se definen en la edificación sustentable (figura 3).
- Sistemas de tecnologías de la información y comunicaciones. Se agregan requisitos para dar paso a las instalaciones de comunicaciones a través del inmueble de forma planeada y ordenada, independientemente de la tecnología utilizada.
- Sistemas de climatización y ventilación. Se modifica para diseñar y construir los sistemas dando cumplimiento a los requisitos de confort térmico, calidad del aire, ventilación, ruido, vibración y seguridad establecidos en los diferentes capítulos.
- Equipos mecánicos de desplazamiento. Se modifica para establecer los requisitos de instalación de los diferentes equipos permitidos o requeridos en los capítulos 2 y 4, incluyendo los elevadores para la evacuación de ocupantes de la edificación por incendio y el servicio de bomberos, así como los dispositivos de elevación y posicionamiento de vehículos.
- Alta presión. Se establecen requisitos de seguridad para instalaciones de gases o líquidos a presión, refiriendo a la NOM-020-STPS-2011 y agregando requisitos no cubiertos por la NOM.

Capítulo 7. Operación y mantenimiento
Se incorpora este capítulo para establecer el requisito de la elaboración y entrega de un Manual de Operación y Mantenimiento, que incluya:
Responsabilidades en la generación de información, integración y entrega.
Responsabilidades en la implementación, monitoreo y modificación del manual.
Contenido mínimo del manual.
Precisiones sobre condominios para que cada condómino tenga al menos la información de las áreas comunes y el área privativa específica.
Precisiones sobre cambios de propietario o poseedor para que el manual de operación y mantenimiento se entregue al nuevo propietario o poseedor.
Conclusiones
Muchos de los cambios introducidos en la NTC-Proyecto Arquitectónico están orientados a la incorporación de temas que han sido debatidos durante largo tiempo en la industria, sobre todo aquellos relacionados con la sustentabilidad y la prevención de incendios. Estos temas, aunque relevantes, no habían sido normados debido al extenso periodo transcurrido entre actualizaciones. Se espera que en futuras revisiones se tenga un menor desfase respecto a las necesidades emergentes.
Asimismo, se ha evidenciado que la referencia a estándares existentes permite robustecer el marco normativo sin necesidad de aumentar en gran medida el volumen de la NTC, además del beneficio de que los estándares generalmente cuentan con una infraestructura para evaluar su cumplimiento y que estos tienen sus propios procedimientos de actualización.
Por último, en términos más detallados, se puede observar que es fundamental que la redacción permita la incorporación de nuevas tecnologías que contribuyan al logro de los objetivos establecidos por el Reglamento y la NTC, sin restringir el desarrollo de la tecnología ni favorecer una en particular