11 mayo, 2025 7:36 pm

Entrevista a Renato Berrón Ruiz, director general del Instituto para la Seguridad de las Construcciones en la Ciudad de México.

Es necesario que los constructores estén enterados de algunos cambios importantes en la nueva versión de las Normas Técnicas Complementarias del Reglamento de Construcciones, pues tienen repercusión en los procesos de construcción y en los trámites administrativos.

 

De manera resumida, ¿cuáles son las incumbencias del Instituto para la Seguridad de las Construcciones en la Ciudad de México (ISC)?

Su principal función es vigilar que las nuevas construcciones que se desarrollen en la capital del país cumplan cabalmente con lo que se especifica en el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal (RCDF) vigente. La forma de vigilar esto es hacer que los corresponsables en Seguridad Estructural (CSE) –peritos reconocidos por el gobierno de la Ciudad de México, especialistas en diseño estructural que demostraron tener la experiencia y los conocimientos suficientes para que se les acredite como tales– certifiquen que los proyectos estructurales de las nuevas edificaciones cumplan con lo establecido en el RCDF, con sus límites de servicio y con sus límites de falla. El instituto registrará todas las revisiones estructurales hechas por los CSE, y vigilará que las hayan realizado de manera completa para todos los cuerpos que forman un conjunto de edificios en un predio, que no quede uno sin revisar. La calidad de la revisión y la responsabilidad de ésta recaerá en el CSE; la calidad y el cumplimiento del RCDF en el diseño recaerá en el proyectista; cada quien tendrá la responsabilidad que le corresponde según su atribución.

 

¿Dónde participan los directores responsables de obra y cómo?

Trabajamos con los DRO en otra tarea de este instituto: los dictámenes estructurales oculares de edificios existentes.

 

¿El dictaminar los edificios existentes es una tarea nueva?

No. Se hacen dictámenes estructurales oculares desde la creación del ISC. Lo nuevo es que ahora se realizarán con base en la Norma Técnica Complementaria para la Revisión de la Seguridad Estructural de las Edificaciones (NTC-RSEE), recientemente publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. También con esta norma se harán las revisiones a proyectos estructurales de los nuevos edificios.

 

¿Cómo se aplica el nuevo reglamento a edificios que cumplieron con las normas pero de reglamentos anteriores?

Los edificios existentes que no sufrieron daños no están obligados a ser rehabilitados con el nuevo reglamento; en cambio, en el caso de que el edificio sea un plantel escolar o haya sufrido daños estructurales, existe la obligación de cumplir la nueva normatividad.

 

¿En las escuelas, hospitales…?

Este tipo de inmuebles tiene que obtener cada tres años el visto bueno en Seguridad y Operación, que va acompañado de una Constancia de Seguridad Estructural. Dicha constancia se manifiesta en un simple papel, pero representa mucho: significa que el edificio es seguro, que cumple con el RCDF, y si un CSE firma ese documento, lo entrega y lo registra ante la delegación, se entiende que revisó a profundidad el edificio, numéricamente y a detalle, y está cierto de que ese edificio cumple con el reglamento. Pero si un corresponsable, nada más porque le pagaron equis cantidad, dice: “Yo no tengo tiempo de revisarlo, pero lo firmo”, está corriendo un gran riesgo.

 

Si el edificio en cuestión sufre severas afectaciones o se colapsa y ello implica la pérdida de vidas humanas, se podrá decir que el responsable es el profesionista que certificó sin cumplir los requisitos, pero eso no devuelve la vida a quienes fallecieron por el colapso del edificio.

Totalmente de acuerdo. Para que la revisión de un proyecto estructural sea válida debe cumplirse con una serie de pasos que están bien establecidos y especificados en la nueva NTC-RSEE. Con base en estos pasos, el ISC verificará que los CSE estén haciendo su trabajo de manera completa, pero repito: la calidad y la certeza de que la revisión esté bien hecha es responsabilidad del CSE, así como la calidad y contenido del proyecto estructural lo es del proyectista.

De hecho, los CSE –que son los que van a colaborar con el instituto– se definen en el RCDF como “auxiliares de la administración”. ¿Por qué nació esta figura? Ellos no son funcionarios públicos, son personas físicas con actividad profesional que auxilian al gobierno. Se les requiere porque el gobierno no tiene la capacidad para hacer esa tarea; confía en ellos, para lo cual los califica, les hace un examen oral y escrito con el fin de confirmar que tienen los conocimientos y la experiencia suficientes.

 

Imponer severísimas penas a quien no cumpla sería una manera de prevenir la falta de cumplimiento de los procesos de revisión.

Eso está pasando en estos momentos con algunos auxiliares de la administración, ante las consecuencias de los sismos ocurridos en septiembre pasado.

 

Antes del 19 de septiembre hizo usted declaraciones que recogieron los medios de comunicación, en el sentido de que todavía faltaba el sismo que iba a poner a prueba realmente las estructuras de la Ciudad de México. ¿Alguna reflexión a raíz de las consecuencias del sismo del 19 de septiembre? ¿Sigue faltando ese sismo al que hizo referencia?

No podemos anticipar la magnitud exacta ni la fecha en la que ocurrirá un sismo intenso; no obstante, podemos advertir que un sismo de magnitud igual o mayor a la de 1985 habrá de ocurrir, posiblemente con origen en las costas de Guerrero. Por desgracia, la Ciudad de México va a sufrir eventos sísmicos de magnitud importante en el futuro, no hay manera de impedirlo, aunque sí de estar preparados para ello (a un muy alto costo, obviamente).

Hay una cantidad enorme de edificaciones construidas antes del sismo de 1985, el cual fue un parteaguas en el diseño estructural de las edificaciones y determinó una mayor severidad en la normatividad relativa al diseño de edificios.

Con respecto a esta nueva normatividad, los edificios construidos antes de 1985 son altamente vulnerables. ¿Qué quiere decir vulnerable? Que existe probabilidad de que sufra daños ante un evento sísmico de magnitud importante, es decir, estos edificios tienen una alta probabilidad de presentar daños en un sismo intenso.

Los corresponsables en Seguridad Estructural no son funcionarios públicos, sino personas físicas con actividad profesional que auxilian al gobierno. Se les requiere porque el gobierno no tiene la capacidad para hacer esa tarea; confía en ellos, para lo cual los califica, les hace un examen oral y escrito con el fin de confirmar que tienen los conocimientos y la experiencia suficientes.

Reforzarlos, en el caso de que se pudiera, o demolerlos preventivamente con el fin de minimizar la pérdida de vidas humanas, ¿está previsto?

Demolerlos es casi imposible, especialmente por cuestiones legales y económicas. En otros países, por ejemplo en Estados Unidos, cuando actualizan una norma, no solamente se aplica a los edificios por construir, sino a los existentes, que deben ser reforzados.

En la Ciudad de México esto no se aplica, y se cree que los edificios que no se cayeron durante el sismo de 1985 demostraron ya su resistencia, aunque hubiesen sido diseñados siguiendo una normatividad menos estricta; desde luego que esta consideración es errónea, como quedó demostrado en este sismo pasado: muchos edificios que sobrevivieron al terremoto del 85 se colapsaron o sufrieron daños graves.

 

¿Qué debería hacer la autoridad para garantizar que no sean un riesgo para la vida humana?

Es un tema de dinero y de conciencia. Aunque seamos conscientes, si no hay dinero no se va a hacer nada; aunque seamos sensibles y conscientes de que vendrá un sismo y que cierto edificio es muy vulnerable, se necesita dinero; si tengo dinero y soy consciente, entonces rigidizo, refuerzo y pongo mi edificio al nivel del nuevo reglamento.

 

¿Debería la autoridad al menos advertir a los habitantes de los edificios que están en esas condiciones?

No hay antecedentes de que se haya realizado esta acción, pero antes tenemos que saber cuáles edificios tienen alta vulnerabilidad.

Tenemos un proyecto en el instituto, al que se le ha dado algo de publicidad, denominado Estudio de Vulnerabilidad ante Sismos, mediante el cual le asigna una calificación a cada una de las características de un edificio, como es el año de construcción, el tipo de estructuración, el uso, la zona geotécnica, el número de niveles, etc.; al término del análisis se determina en qué rango de vulnerabilidad se encuentra el inmueble: alta, media o baja.

Este estudio implica revisar todos los edificios en la zona de mayor peligro sísmico de la Ciudad de México, en donde sabemos que hay antecedentes de muchos daños. Sin embargo, para comenzar esta tarea primero tenemos que salir de la etapa de emergencia.

 

La principal problemática de la que se ocupa el ISC es la de los sismos. ¿Qué otros factores debe atender?

Existen otras problemáticas, como los asentamientos diferenciales de las edificaciones existentes generados por el hundimiento regional, producto de la extracción de agua del subsuelo, al igual que las grietas de tensión que aparecen en el subsuelo de manera caprichosa, generadas también por la sobreexplotación de los mantos acuíferos que ha afectado a delegaciones como Tláhuac, Iztapalapa y Xochimilco.

 

¿Eso está considerado en el reglamento?

Están considerados los límites de desplomo o asentamiento que pueden tener los edificios.

 

Sin duda estos problemas generan la necesidad de diversos tipos de sinergia entre el ISC y otros organismos públicos y privados. ¿Se da esta vinculación?

Principalmente trabajamos de la mano con el Instituto de Ingeniería de la UNAM y con la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) unidad Azcapotzalco, donde están los centros de investigación en materia de seguridad estructural más desarrollados. Tenemos investigadores muy importantes en esos centros, con los que nos reunimos mes con mes.

 

¿Un comité de asesores?

Sí, es el Comité Asesor en Seguridad Estructural que está integrado por investigadores de la UNAM y la UAM, y también por ingenieros de mucha experiencia en la práctica profesional y con gran reconocimiento en materia de diseño estructural. Por otra parte, tenemos relación estrecha con la Secretaría de Obras y Servicios de la Ciudad de México, estamos sectorizados a ella y nos ofrece gran respaldo.

 

¿Cuáles son los criterios que se aplican para definir cuándo no es segura una construcción y cómo se procede una vez determinado que no es segura?

Se han establecido diferentes niveles de riesgo de las estructuras. Podríamos decir que el nivel más grave es cuando lo calificamos en “alto riesgo de colapso”; esto significa que el edificio ha sido afectado en sus elementos estructurales de manera severa, es decir, presenta grietas importantes en trabes y columnas, y no solamente en magnitud sino en densidad; por tanto, el edificio pierde su capacidad de resistencia. Un edificio en tales condiciones no tiene remedio, a menos que se trate de un edificio catalogado por el INAH o el INBA, esto es, que tenga valor histórico o artístico, como la Catedral de la Ciudad de México, donde seguramente se invertiría lo necesario para rescatarlo; pero en el caso de un edificio convencional eso obviamente no sucede. Se tiene que demoler.

El siguiente nivel es el de “alto riesgo” a secas; son aquellos edificios que tienen daños estructurales en columnas y trabes pero no están poniendo en riesgo su entorno y no han perdido geometría, ni tienen grandes deformaciones, no hubo un dislocamiento de columnas y de conformidad con la nueva normatividad se pueden reforzar y rehabilitar.

Sigue el nivel de “riesgo medio”, que se enfoca en los elementos no estructurales, como muros divisorios, elementos de fachada y ornamentales, vidrios, canceles. En esta clasificación hay diversos grados de magnitud de daño. Existe el riesgo medio de alta densidad y el riesgo medio de baja densidad; cuando se trata del primero, se determina un trato semejante o igual al de alto riesgo, por ser tan grande la magnitud y la densidad de los daños. Si es de baja densidad, se hacen unas recomendaciones más puntuales.

Por último, se tienen los de “riesgo bajo”; se trata de aquellas edificaciones con daños no relevantes o sin daños, es decir, presentan las mismas condiciones estructurales que tenían antes del sismo. Sin embargo, cuando se detecta que el edificio presenta planta baja flexible, o tiene losa plana o es de esquina, se recomienda la revisión de los desplazamientos laterales generados por fuerzas sísmicas, con el fin de verificarlos contra los permitidos por el RCDF.

 

¿Cuáles son los requisitos para ser reconocido como CSE y en qué medida se cuenta o no con la cantidad suficiente de ellos hoy?

Estos profesionistas asumen una altísima responsabilidad al afirmar que un edificio está bien desde el punto de vista estructural, y su trabajo es complejo y difícil; se necesitan profundos conocimientos para realizarlo. Un CSE no se hace en un año en un despacho de cálculo; tiene que contar con muchos años de experiencia, muchos estudios, de lo contrario no aprobaría el examen que aplica el gobierno de la Ciudad de México. Por ello necesitamos gente con experiencia y muchos conocimientos; lógicamente, deben ser bien remunerados para que asuman tal responsabilidad. Esto no sucede por ahora y es un serio problema a resolver.

El instituto está planteando que se acepten remuneraciones para los CSE de acuerdo con su conocimiento, experiencia y la responsabilidad que asumen, para que les resulte atractivo y podamos contar con la cantidad suficiente de ellos.

 

Probablemente mejores retribuciones contribuyen a combatir la corrupción.

Sí. Queremos evitar que se firme sin ver, sin revisar.

 

Una vez elaborado el nuevo reglamento y la actualización de las normas técnicas vigentes, ¿existe algún tipo de vínculo con los constructores para generar conciencia sobre su estricta aplicación?

Las Normas Técnicas Complementarias del RCDF son documentos de carácter técnico, están enfocadas básicamente en los diseñadores de estructuras. Se tienen planeados muchos cursos, tanto para CSE y DRO como para proyectistas de diseño estructural; en ellos se van a explicar las NTC en su nueva versión, las nuevas especificaciones planteadas. No van dirigidos a los constructores, aunque no está de más que se enteren y tengan muy en cuenta la necesidad de contar con el respaldo de los profesionistas especializados que atiendan puntualmente las especificaciones del RCDF y sus NTC.

Es necesario que los constructores estén enterados de algunos cambios importantes en la nueva versión de las NTC, pues tienen repercusión en los procesos de construcción y en los trámites administrativos.

 

¿Por ejemplo?

Con respecto al proyecto estructural, tendrá que ser revisado a profundidad por el CSE; ahora va a tener que presentar una memoria de cálculo realizada por él, el estudio numérico profundo del proyecto estructural, el modelo matemático en computadora, la revisión trabe por trabe, columna por columna, cimentación, losas, muros, desplazamientos, estudio de mecánica de suelos… todo; se va a comprobar que la revisión del CSE contemple la totalidad de los cuerpos que presenta el proyecto arquitectónico. Una vez cumplido esto, el instituto emitirá una constancia de registro; eso deben saberlo los constructores.

 

Entrevista de Daniel N. Moser

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