Capítulo 8. Monitoreo del comportamiento de excavaciones y cimentaciones
Manuel J. Mendoza L. Coordinador del Grupo de Trabajo de Cimentaciones Profundas.
El capítulo 8 de la versión vigente de las Normas Técnicas Complementarias-Cimentaciones, titulado “Observación del comportamiento de la cimentación”, que surgió en 1987, tendrá cambios significativos para la versión que se expedirá próximamente. Su título será “Monitoreo del comportamiento de excavaciones y cimentaciones”. Se establecerá que el conocimiento pleno del comportamiento de una edificación no se inicia con la cimentación ya construida y avanza a largo plazo durante su operación, sino que debe incluir la etapa previa de excavación; además, para ciertas obras debe basarse no solo en su observación, sino en un programa de monitoreo a través del cual puedan medirse las variables internas que expliquen la relación causa-efecto.
A las dos categorías que actualmente considera la tabla 2.3.1 sobre los Requisitos mínimos para la investigación del subsuelo –a) Construcciones ligeras o medianas de poca extensión y con excavaciones someras; b) Construcciones pesadas, extensas o con excavaciones profundas– se agregará una categoría c) Construcciones muy pesadas, extensas o con excavaciones muy profundas. Atiende esta adición a la manifiesta construcción de torres cada vez más altas, principalmente en la Zona del Lago, con excavaciones de varias decenas de metros de profundidad y desplantes de pilas que alcanzan los 70 m o más. Así, las meras nivelaciones topográficas que podrían ser pertinentes para las edificaciones de la categoría a) no resultan suficientes para las c), para las cuales debe recurrirse a instrumentación geotécnica que permita registrar no solo desplazamientos (inclinómetros, extensómetros, etc.) sino, incluso, acciones (celdas de carga, piezómetros, celdas de presión, acelerómetros, etc.). Así entonces, se indicará que para establecer el alcance del monitoreo deberá tomarse en cuenta la extensión e importancia de la edificación, la zona geotécnica de su ubicación, la presión media de descarga que imponga la cimentación, la profundidad de excavación para el desplante, los eventuales riesgos a los que podría estar expuesta la obra, así como la cantidad y calidad de la información geotécnica disponible del subsuelo en el sitio. Particular atención deberá prestarse a medir los desplazamientos y desplomos de edificaciones inmediatamente después de eventos sísmicos intensos.
Como en los demás capítulos de esta normativa, se presentan “Comentarios”, los que en este capítulo reconocen que el diseño geotécnico enfrenta siempre incertidumbres, y cada proyecto de construcción no está exento de encontrar sorpresas para su ejecución; esto es inevitable, ya que se trabaja con geomateriales que distan de mantener condiciones uniformes, lo que se suma a las limitaciones usuales en el alcance de la exploración del subsuelo. Además, diseño y construcción enfrentan a menudo una situación de información incompleta o incierta. Así, se reconoce que a los levantamientos topográficos con equipo tradicional o con equipos electroópticos (estación total), o incluso los basados en sistemas satelitales de navegación global, se añaden múltiples equipos de instrumentación geotécnica de campo, para coadyuvar a generar una construcción segura, eficiente y económica.